Con la modificación de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin ánimo de lucro y de los incentivos fiscales al mecenazgo, se aumenta en 5 puntos porcentuales el porcentaje de deducción prevista para las donaciones efectuadas por contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Es una medida que quiere mejorar los incentivos al micromecenazgo y que tiene efecto desde el 1 de enero de 2020 a entidades acogidas a la ley mencionada.
Esta elevación también se aplica a los contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de no Residentes que operen en el territorio español sin establecimiento permanente.
Porcentajes de deducción
De este modo, la base de deducción de un importe de 150 euros pasa del 75 al 80% y el resto de la base de deducción del 30 al 35%. El porcentaje del 35% se elevará hasta el 40% si en los dos períodos impositivos inmediatos anteriores hubieran realizado donativos, donaciones o aportaciones con derecho a deducción a favor de una misma entidad por importe igual o superior.