Se trata de una solución que permite modificar datos equivocados de la facturación de una entidad. En este artículo se explica qué es una factura rectificativa, en qué casos se puede emitir y qué requisitos tiene que cumplir para que sea válida.

¿Qué son?

Las facturas rectificativas, según la Agencia Tributaria, son facturas que modifican algún dato o cálculo de una factura emitida anteriormente. También se denominan facturas de abonos. Son la solución a los errores que se pueden cometer a la hora de emitir una factura. En definitiva, es un tipo de factura que sustituye una que contiene un error o que no incluye todos los datos que tendría que contener.

Existen múltiples tipos de facturas rectificativas. Por ejemplo, las facturas que rectifican el IVA o precio aplicado a un producto para un cliente/a, o las que modifican algún contenido de la factura para cumplir con los requisitos legales de facturación, o las que se hacen para recuperar el IVA de una factura impagada vía la modificación de base imponible, entre otros.

¿Cuándo se puede emitir una factura rectificativa?

Una factura rectificativa se puede emitir en casos de errores en el tipo impositivo del impuesto o en el cálculo de los impuestos. También en caso de errores en algún dato del contenido de la factura o cuando falta incluir un descuento o hay que aplicar uno fuera de factura posteriormente. Por devolución de productos también se pueden emitir facturas rectificativas, para recuperar el IVA de facturas impagadas y cuando falta alguno de los requisitos que tiene que cumplir cualquier factura.

Otros errores frecuentes que una factura rectificativa puede solucionar tienen que ver con equivocarse con el nombre del cliente o clienta a quien se factura, cometer algún error en el concepto u omitir información relevante como, por ejemplo, la fecha de vencimiento, que puede ser interesante para poder calcular la facturación total.

Cuando se produzca alguna de las circunstancias mencionadas, la entidad o persona a cargo de la contabilidad de la entidad tiene que expedir la factura rectificativa. Se recomienda hacer la expedición lo antes posible y siempre antes de los cuatro años a partir del momento en que se meritó el IVA. El plazo se reduce a 3 meses desde que se cumplen los requisitos para emitir una factura rectificativa en el caso especial del IVA impagado.

Requisitos de una factura rectificativa

Toda factura rectificativa tiene que informar del número de la factura que rectifica, tiene que llevar una serie de numeración diferente a la serie de facturación ordinaria y tiene que cumplir con los otros requisitos de la factura ordinaria.

Hace falta también indicar que se trata de una factura rectificativa y el motivo de la rectificación. Solo se podrá obviar el motivo cuando se trate de una concesión de un descuento o bonificación por volumen de operaciones. En este caso la identificación de los motivos es innecesaria y es suficiente indicar el periodo al cual hace referencia, tal como se explica en la web de asesoría Pérez Sardà. Finalmente, hay que indicar el importe de la rectificación.

Hay que tener en cuenta que las facturas que la entidad recibe como gasto las hace una empresa o entidad proveedora y si contiene algún error, quién lo tiene que cambiar a través de una factura rectificativa es el proveedor/a en cuestión.

Una de las maneras más habituales de emitir facturas rectificativas es utilizando programas informáticos de facturación como el que ofrece Quipu, Debitoor, Contasimple… También hay programas de facturación exclusivos y adaptados a las entidades del tercer sector. Por ejemplo, el que ofrece Suport Tercer Sector – Fundesplai.

Fuente: Xarxanet.

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