Se ha publicado el Real Decreto 1026/2024, de 8 de octubre, por el que se desarrolla el conjunto planificado de las medidas para la igualdad y no discriminación de las personas LGTBI en las empresas. La normativa responde a la necesidad de conocer el contenido mínimo de los documentos a los que hace referencia el artículo 15.1 de la Ley 4/2023, donde se establece la obligación para las entidades de más de cincuenta personas contratadas a disponer de un conjunto planificado de medidas y recursos para conseguir la igualdad real de las personas LGTBIQA+, así como la erradicación de las discriminaciones en las personas del colectivo. Si tienes dudas o necesitas ayuda contacta gratuitamente con la Oficina técnica para la equidad de género y la diversidad sexual en las entidades del tercer sector.
La mencionada ley de 2023, no especificaba de qué documentos deberían disponer las entidades y tampoco concretaba los contenidos mínimos para cumplir con la normativa legal. Así pues, con la publicación del Real Decreto 1026/2024 queda constancia de que las entidades de más de cincuenta personas trabajadoras deben disponer de la siguiente documentación o programa, así como los contenidos mínimo que se explican:
- Un plan de medidas que garanticen la igualdad y la inclusión de las personas LGTBIQA+ en todos los niveles organizativos, que incluya cláusulas de igualdad de trato y no discriminación y aborde los temas del acceso al trabajo, clasificación y promoción profesional, formación, sensibilización y lenguaje, entornos laborales diversos y seguros, permisos y beneficios sociales, régimen disciplinario y el propio protocolo de actuación ante situaciones de acoso y violencia contra las personas LGTBIQA+.
- Un protocolo de actuación ante el acoso y la violencia contra las personas LGTBIQA+.
- Programa formativo que integre módulos específicos sobre derechos de las personas LGTBIQA+ en el ámbito laboral, dirigida a la totalidad de la plantilla.
El plazo máximo para constituir la comisión negociadora del plan será de tres meses, es decir hasta enero de 2025, para las entidades con representación legal de las personas trabajadoras. En caso contrario, el plazo se amplía a seis meses a contar desde la entrada en vigor del Real Decreto 1026/2024, es decir, desde el 10 de octubre de 2024.
La publicación del decreto es un paso adelante para materializar la lucha por disponer de espacios seguros que no toleren y condenen cualquier discriminación hacia las personas LGTBIQA+.
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