Las entidades tendrán que adaptar sus programas de facturación antes de la entrada en vigor de la nueva normativa. Te explicamos qué es el sistema Veri*Factu y cómo prepararte para el cambio. En caso de dudas puedes contactar con nuestro servicio económico.

El ciclo de formaciones 2025-2026 de Fundesplai y Xarxanet empezó con una sesión dedicada a la digitalización de los sistemas de facturación. La formadora Dolors Martínez, responsable del área económica de Suport Tercer Sector, explicó cómo la Ley Crea y Creix y la normativa antifraude (Veri*Factu) transformarán la forma en que las entidades gestionan y emiten facturas.

Según Martínez, estas regulaciones buscan impulsar la digitalización, reducir costes y reforzar la transparencia, al tiempo que previenen el fraude fiscal y garantizan la trazabilidad de las operaciones.

¿Qué es una factura electrónica?

Una factura electrónica es un documento mercantil con igual valor legal que el papel, pero emitido y recibido con un software homologado y en formatos estructurados como XML o Facturae.

Sin embargo, las facturas creadas con Word, Excel o PDF, incluso con firma digital, no son consideradas electrónicas según la normativa actual. Esta diferencia es clave para saber qué herramientas será necesario sustituir antes de que entre en vigor la nueva regulación.

A quién afecta y cuándo se aplica la normativa

El cambio afectará a todas las entidades que emitan facturas, incluidas las sin ánimo de lucro que presten servicios o desarrollen actividades económicas.

  • Las entidades que tributan por el Impuesto de Sociedades tendrán que aplicar la facturación electrónica a partir del 1 de enero de 2026.

  • Las personas autónomas, desde el 1 de julio de 2026.
    Además, desde el 29 de julio de 2025, los proveedores de software ya no pueden comercializar sistemas que no cumplan los requisitos legales.

Claves de los nuevos sistemas informáticos de facturación

Los nuevos Sistemas Informáticos de Facturación (SIF) tendrán que garantizar la integridad, trazabilidad y conservación de los datos durante al menos cuatro años.
La Agencia Tributaria no homologará los programas, sino que serán las empresas proveedoras quienes emitirán una declaración responsable para certificar su cumplimiento legal.

Además, estos sistemas permitirán enviar automáticamente los datos de las facturas a la Agencia Tributaria, reforzando la transparencia y reduciendo el riesgo de fraude.

Excepciones para las entidades del tercer sector

A pesar de la obligatoriedad general, existen excepciones que afectan directamente a muchas entidades sociales.
Las cuotas de personas socias, así como determinados servicios asistenciales, culturales, deportivos o de formación, quedan excluidos siempre que estén exentos de IVA.
Sin embargo, si la persona destinataria lo pide o actúa como empresario, será necesario emitir factura igualmente. La ponente recomendó realizar una diagnosis interna del sistema actual, decidir si se aplicará Veri*Factu y revisar la numeración y validación de facturas para asegurar la coherencia del proceso.

No esperar en el último momento

Con menos de cien días para la primera fecha clave del calendario, el mensaje está claro: hay que empezar la adaptación lo antes posible.
Además de una obligación legal, es una oportunidad para digitalizar la gestión económica y reforzar la transparencia en las entidades.

Fuente: redactado por el equipo de Suport Tercer Sector en Xarxanet.

 

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