Esta nueva situación entra en vigor a partir del día siguiente de su publicación en el BOE, y por lo tanto, el 19 de febrero de 2020. Dicho esto, nuestra experiencia nos dice que su aplicación puede crear algún conflicto. Aunque el gobierno no ha previsto ningún tipo de retroactividad, sí que es cierto que en otras situaciones similares, los abogados defensores de los trabajadores y trabajadoras han utilizado este tipo de derogación para argumentar que no se puede aplicar un principio sancionador ya derogado, y que en caso de duda se aplique el principio de derecho “in dubio pro operario”, es decir, que se de la razón al trabajador o trabajadora si hay duda.
Esto podría provocar que en los siguientes meses se produzcan sentencias contradictorias que, probablemente tendrán que acabar de aclararse en instancias jurídicas superiores.