El Decreto 219/2023, de 12 de diciembre, del Registro de delegadas y delegados de prevención de riesgos laborales, deroga el Decreto 171/2010, de 16 de noviembre. Hay que tener en cuenta que este nuevo decreto comienza su vigencia veinte días después de la publicación en el DOGC, es decir, que habrá que estar pendiente a partir de inicios de 2024. En caso de dudas, contacta con nuestro Servicio laboral.
El objetivo del decreto derogado era regular el Registro de delegadas y delegados de prevención de riesgos laborales y establecía el procedimiento de las comunicaciones de designación. Sin embargo, transcurridos doce años desde su publicación y aplicación, los órganos competentes han considerado necesario revisar el contenido del registro y los procedimientos que se establecían en este decreto para hacer depósito y registro de la comunicación de designación de delegados y delegadas de prevención.
El objetivo de este cambio es agilizar la gestión del registro y simplificar su tramitación, así como facilitar el acceso a la información del registro por parte de los agentes de prevención de riesgos laborales, todo ello aprovechando el potencial de la innovación y la tecnología.
Por este motivo, el Decreto 219/2023 establece que el Registro de delegadas y delegados de prevención de riesgos laborales se llevará a cabo electrónicamente, tendrá carácter público y se configurará como registro único para todo el territorio de Cataluña.
Cabe recordar que según el anterior decreto, el Registro de delegadas y delegados se adscribía a las unidades administrativas de los servicios territoriales. Por tanto, había un registro en cada uno de los servicios territoriales del departamento de gobierno.
Principales cambios
Como novedades principales, el nuevo decreto establece que la inscripción en el registro y todos los trámites y actuaciones que se deriven del registro se realizarán únicamente de por medios electrónicos.
Además, la fecha máxima para presentar la comunicación en el registro se amplía y pasa de uno a tres meses. También se elimina la vía de presentación presencial, para entregar el formulario habilitado debidamente completado y por duplicado. A partir de ahora, solo tiene que hacerse el registro telemático y se recibirá, de forma automática, un comprobante de recepción.
La comunicación de la designación de delegados y delegadas en el registro la podrá realizar el mismo personal delegado, así como la representación legal de trabajadores y trabajadoras, un/a representante sindical debidamente acreditada por la organización como tal a la que pertenezca la persona delegada de prevención o bien entidad a la que pertenezca el delegado o delegada designada. Antes no podían presentar esta comunicación ni los delegados/as designados ni la entidad.
A partir de ahora, se realizará un proceso de migración de los datos de los registros realizados hasta la fecha de entrada en vigor del nuevo decreto y, a la vez, se realizará un ejercicio de depuración de datos. Los registros con una antigüedad superior a ocho años que no se hayan actualizado durante ese tiempo serán eliminados del registro, ya que se consideran como no vigentes.
Por último, el registro enviará una comunicación a aquellos delegados o delegadas con cinco años en el registro para que renueven o actualicen su inscripción y verifiquen su vigencia como personas delegadas. En caso de no renovarlo, el registro podrá dar de baja a la persona a la que se le ha enviado la comunicación, previo aviso.
Fuente: redactado por el equipo de Suport Tercer Sector en Xarxanet.