La implementación del plan de igualdad y el registro en el REGCON se han convertido en un requisito crucial para muchas organizaciones que deseen beneficiarse de incentivos a la contratación. Si tienes dudas o necesitas asesoramiento para realizar tu plan de igualdad o para registrarlo, contacta con nuestro servicio de igualdad de género y diversidad.
Obligatoriedad del plan de Igualdad
La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres , y su posterior desarrollo, establece la obligación de elaborar y aplicar un plan de Igualdad a las entidades que cumplan algunos criterios:
- Entidades con 50 o más personas trabajadoras: están obligadas a tener un plan de Igualdad negociado con la representación legal de las personas trabajadoras y, además, debe estar registrado.
- Obligación por convenio colectivo: un convenio colectivo puede establecer la obligación de tener un Plan de Igualdad para organizaciones con un número inferior de personas trabajadoras.
- Obligación por sanción: en algunos casos, una sanción administrativa puede comportar la obligación de elaborar y aplicar un Plan de Igualdad.
Bonificaciones en contratos laborales
La norma dice que es un requisito imprescindible que la organización beneficiaria tenga implementado y registrado su Plan de Igualdad, siempre que esté obligada a tenerlo según la legislación vigente.
Esta vinculación entre el registro del plan de Igualdad y el acceso a las bonificaciones es una realidad. Las entidades que, pese a estar obligadas, no tienen un plan de Igualdad registrado en el REGCON, pueden ver denegadas sus solicitudes de bonificación en nuevos contratos, perder las bonificaciones ya concedidas o ser sancionadas.
No tenerlo registrado puede comportar problemas en la tramitación de las siguientes bonificaciones:
- Contratación indefinida de personas con discapacidad.
- Contratación de víctimas de violencia de género o terrorismo.
- Transformación de contratos formativos a indefinidos.
- Contratación indefinida de mujeres en los sectores en los que hay baja representación.
- Contratación de personas que llevan mucho tiempo en paro.
- Bonificación de contratos de formación en alternancia.
- Bonificación por sustitución por maternidad.
Recomendaciones para las entidades
Desde Suport Tercer Sector, recomendamos a todas las entidades tener un plan de Igualdad implementado, aunque no sea obligatorio, y también recomendamos actualizarlo en función de las evoluciones que viva la entidad.
También es importante verificar si la entidad está obligada a tenerlo o no para evitar sanciones y registrarlo en el REGCON. Es decir, no puede ser sólo un documento de uso interno, también debe compartirse con la administración para verificar que se cumple la norma.
Otros contenidos relacionados:
- Descarga la guía ‘¿Cómo se hace el registro del plan de igualdad?’
- Eva Menor: «Solo lograremos la igualdad efectiva trabajando estrechamente con el Tercer Sector»
- Registro retributivo obligatorio para entidades con personal contratado
- La brecha salarial en el Tercer Sector vuelve a ser favorable a los hombres, a pesar de ser un sector feminizado