El Senado ha aprobado el proyecto de ley mediante el cual se modifica el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, mediante el cual se aprueba el Estatuto de los Trabajadores y el Real Decreto Legislativo 8/2025, de 30 de octubre mediante el cual se aprueba el texto de la Ley General de la Seguridad Social para evitar que las personas que han desarrollado una incapacidad permanente no puedan ser despedidas por la empresa. La propuesta ha salido adelante con sólo tres votos en contra.
Hasta ahora eran las entidades las que decidían despedir. Eran las que escogían, unilateralmente, cuál era el futuro de la persona trabajadora. Con este cambio se protege el derecho al trabajo y queda en manos de la trabajadora o trabajador adaptar los horarios o elegir finalizar el contrato. Son decisiones que antes estaban únicamente en manos de la organización.
La normativa fue aprobada el 3 de julio de 2024 por el Gobierno espaol, pero no ha sido hasta ahora que el Senado la ha ratificado. Fue después de que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, gracias a la denuncia de un trabajador que había sido despedido, dijera a España que vulneraba la directiva sobre igualdad en el trabajo, la Carta de los Derechos Fundamentales de la UE y la Convención de las Naciones Unidas Sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.
La norma dice que las organizaciones pueden saltarse la adaptación del puesto de trabajo si supone una carga excesiva. Ahora bien, las empresas sólo podrán ejercer ese poder cuando el coste de la adaptación supere el coste de indemnización o seis meses de sueldo.
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