Según indica el artículo 48 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva entre mujeres y hombres, todas las entidades, independientemente del número de personas contratadas, deben disponer de un protocolo para la prevención y abordaje del acoso sexual y/o por razón de sexo.

A raíz de esta obligación, y para promover un espacio seguro, es indispensable que la entidad denomine a una o dos personas como referentes en caso de acoso. El Consejo de Relaciones Laborales de Cataluña ofrece la guía ‘Orientaciones básicas para la persona de referencia de los protocolos para la prevención y abordaje del acoso sexual y por razón de sexo’ para profundizar y guiar sobre el rol de la persona de referencia. Si tienes dudas o necesitas ayuda contacta con nuestro equipo de igualdad de género y diversidad.

¿Cuál es el papel de la persona de referencia?

La persona de referencia es la encargada de informar, asesorar y acompañar en todo el procedimiento a la víctima de acoso. Esta persona debe tener conocimientos específicos en esta materia, por este motivo debe disponer de una formación especializada en acoso sexual y/o por razón de sexo en el ámbito laboral. Aunque la normativa no obliga a las entidades a asignar este rol, es muy recomendable que lo hagan, ya que ayudará a tener un puesto de trabajo seguro para todas las personas que forman la entidad.

Las personas trabajadoras pueden acudir a ella cuando se produzca una situación de acoso sexual y/o por razón de sexo, tanto la persona afectada como cualquier persona que detecte una situación de acoso dentro de la organización.

¿Cuáles son las principales funciones que desarrolla?

Las principales funciones que debe desarrollar la persona de referencia son las siguientes:

  • Recibir la comunicación de la denuncia, ya sea directamente por parte de la persona afectada o por parte de cualquier otra persona que detecte una conducta de acoso.

  • Informar y asesorar a la persona afectada respecto a sus derechos, las obligaciones y responsabilidades de la entidad, cuyos recursos dispone la víctima en cuanto a la asistencia jurídica, sanitaria o económica, e informar sobre el procedimiento establecido en el protocolo de acoso.

  • Acompañar a la persona afectada en todo el proceso.

  • Apoyar a la víctima en la redacción de la denuncia.

  • Evitar la victimización secundaria de las víctimas y establecer medidas para impedir la reproducción de estereotipos sobre las mujeres.

  • Proponer la adopción de medidas cautelares o preventivas.

  • Gestionar y custodiar la documentación, si existe, en la fase de comunicación y asesoramiento, garantizando la confidencialidad del conjunto de documentos e información que se generan en esta fase.

  • Participar en acciones de prevención contra el acoso dentro de la entidad, como las sesiones de difusión y sensibilización.

¿Qué pautas debe seguir?

La persona de referencia debe seguir unas pautas de actuación para la atención de las víctimas que se basan principalmente en practicar la escucha activa. Por tanto, siempre que se detecte una situación de acoso, la persona de referencia debe actuar de la siguiente manera:

  • Prestar atención a la persona que explica la situación y aporta información, sea ésta la víctima o no.

  • Repetir los puntos clave de lo que está explicando la víctima y que tiene importancia para ella.

  • Sólo interrumpir la explicación en caso de pedir aclaración si no se entiende algo.

  • Respetar el silencio, hacer uso de un tono de voz tranquilo y adecuado al ritmo de la persona.

  • Reforzar lo que dice la víctima con expresiones como «entiendo» o «es normal que estés asustada».

  • Se pueden realizar breves resúmenes de lo que se está explicando para comprobar que se ha entendido bien el mensaje.

También se establecen conductas no recomendadas para la persona de referencia en lo que se refiere al trato de la persona afectada, como las indicadas a continuación:

  • Desviar la mirada.

  • Mostrar incomodidad o nerviosismo mientras se escucha lo que se está contando.

  • Tener una postura defensiva como brazos cruzados, piernas cruzadas, etc.

  • Dar consejos, sobre todo si no son pedidos.

  • Emitir juicios.

  • Curiosear.

Fuente: redactado por el equipo de Suport Tercer Sector para Xarxanet.

Ets d'una associació, fundació o cooperativa no lucrativa? No et perdis cap entrada del nostre blog especialitzat en gestió del tercer sector

Política de privacitat

¡Síguenos!

Suscríbete ahora a nuestro boletín

  • Este campo está oculto cuando se visualiza el formulario
  • Este campo es un campo de validación y debe quedar sin cambios.

Síguenos en las redes sociales

Somos Fundesplai

Somos Fundesplai, una entidad sin ánimo de lucro con la misión de educar a los niños, niñas y jóvenes, fortalecer las entidades de ocio y tiempo libre y el Tercer Sector, mejorar el medio ambiente y promover la ciudadanía y la inclusión social, con voluntad transformadora.

A través de Suport Tercer Sector apoyamos y fortalecemos las entidades ofreciendo servicios y productos ajustados a las necesidades del mundo asociativo.

Conoce Fundesplai