El próximo mes de enero de 2025 será el momento de presentar por primera vez después de la reforma de la Ley 49/2002, la declaración del modelo 182, en relación con los donativos recibidos durante el año 2024 para determinadas entidades no lucrativas que generan derecho de deducción a las personas donantes. Ponte en contacto con nosotros y te asesoraremos.
Por un lado, cabe destacar que el derecho a deducción será de aplicación, incluso, en el caso de compensaciones simbólicas en forma de bienes o servicios. En cualquier caso, estas compensaciones no pueden representar más del 15% del valor de la donación y el valor máximo es de 25.000 €. Precisamente, estos donativos se incluyen por primera vez en la declaración 182.
Otra de las principales novedades es que hay que tener en cuenta la ampliación de la cantidad de dinero dado que se considera como micromecenazgo proveniente de personas contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de Personas Físicas. Este límite pasa de 150 a 250 euros. Esto significa que las personas que hagan una donación, en la declaración relativa a 2024, se podrán deducir hasta el 80% (esto se mantiene) de los primeros 250 €.
Por lo que respecta al resto de donativo, es decir, todo lo que supere los primeros 250€, la deducción aumenta del 35% al 40% tanto para los donativos de personas físicas como de las jurídicas. Esto se aplica siempre que sea un donativo no recurrente.
Por lo que respecta a los donativos recurrentes, la nueva normativa también plantea modificaciones. En este caso, disminuye el número de años por considerarlos como recurrentes: pasa de cuatro a tres años. Por tanto, en el caso de las personas físicas, se considera como donativo recurrente cuando una persona da durante tres años consecutivos en la misma entidad una cantidad igual o superior a la del año anterior. En este caso, el porcentaje de deducción para las personas físicas es del 45%. El cambio de años también es aplicable a las donaciones hechas por personas jurídicas. Sin embargo, en este caso el porcentaje de deducción pasa del 40 al 50%.
Por último, la reforma también marca que las donaciones en especies como mecanismo de ayuda, deben incluirse en un convenio de patrocinio y colaboración empresarial.
En definitiva, la reforma mejora las condiciones para realizar donaciones y aplicar las deducciones. Así pues, estos cambios pueden ser un buen reclamo para la captación de fondos y donativos.
Fuente: redactado por el equipo de Suport Tercer Sector para Xarxanet.