Las entidades del tercer sector deben revisar con rigor los despidos pactados antes de la jubilación ante el aumento del control de la Inspección de Trabajo. Este recurso explica qué riesgos jurídicos pueden comportar, qué aspectos se están revisando y cómo actuar para evitar irregularidades . Ante cualquier duda, puedes contactar con nuestro servicio jurídico .

Las entidades del tercer sector deben poner especial atención a los despidos pactados en la fase previa a la jubilación, una práctica que en los últimos años ha pasado de ser habitual a estar bajo una creciente vigilancia de la Inspección de Trabajo . Este organismo está intensificando el control para detectar posibles irregularidades , especialmente cuando estos procesos pueden facilitar el acceso a prestaciones por desempleo oa la jubilación anticipada .

Este nuevo contexto también afecta a las organizaciones sociales, que a menudo han gestionado estas salidas de forma acordada y con voluntad conciliadora. Ahora, sin embargo, ya no basta con cumplir formalmente la normativa: es necesario que cada despido esté debidamente justificado y responda a causas objetivas y acreditables. Esto obliga a las entidades a revisar sus procedimientos internos para evitar riesgos legales, económicos y reputacionales.

Qué está revisando la Inspección de Trabajo

La Inspección pone el foco en varios indicadores que pueden evidenciar un uso inadecuado de los despidos. Uno de los principales es la causa real de la extinción del contrato, más allá de la forma jurídica utilizada. También se analiza la reiteración de casos similares , especialmente en personas de edad avanzada o con trayectorias largas en la organización.

Otros elementos relevantes son los acuerdos previos no formalizados, el acceso inmediato a prestaciones y la posible sustitución por perfiles más jóvenes. En su conjunto, estos factores pueden indicar que no se trata de decisiones puntuales sino de una estrategia sistemática.

Para las entidades esto implica la necesidad de documentar cada caso con detalle y evitar patrones que puedan ser interpretados como discriminación por edad o uso indebido del sistema de protección social. También es recomendable establecer criterios internos claros y coherentes que permitan justificar las decisiones frente a una posible inspección.

Un riesgo jurídico creciente para las entidades

Lo que antes era una práctica habitual se ha convertido en un foco de riesgo jurídico. La clave no es ya sólo el cumplimiento formal de la normativa, sino la capacidad de demostrar que el despido responde a una necesidad real, objetiva y verificable.

La falta de justificación puede derivar en la calificación del despido como improcedente o nulo, con importantes consecuencias para la entidad. Esto puede comportar la readmisión obligatoria de la persona trabajadora y el pago de los salarios de tramitación, con un impacto económico inmediato.

Además, si se detecta un patrón vinculado a la edad , se podría considerar discriminación, lo que puede agravar la situación jurídica. Para las entidades del tercer sector, este riesgo es especialmente relevante, ya que deben velar por valores como la igualdad, la transparencia y la justicia social en su gestión interna.

Sanciones y otras consecuencias

Las sanciones pueden ser elevadas si se considera que ha habido colaboración en la obtención indebida de prestaciones . Estas prácticas pueden ser calificadas como infracciones muy graves, con multas que pueden superar los 200.000 euros en función de la gravedad de los hechos.

Más allá de la sanción económica, existen otras consecuencias relevantes. Pueden producirse regularizaciones de cotizaciones a la Seguridad Social , con recargos e intereses, así como la revisión de prestaciones percibidas por parte de la persona trabajadora. En algunos casos, incluso pueden derivarse responsabilidades hacia la entidad.

También hay que tener en cuenta el coste reputacional , especialmente importante en el tercer sector, donde la confianza y la coherencia con los valores sociales son fundamentales . Una mala práctica puede afectar a la imagen de la organización ante personas usuarias, financiadores y la sociedad en general.

Cómo pueden actuar las entidades

Ante este escenario, las entidades deben adoptar una actitud preventiva y estratégica. Es esencial garantizar una documentación sólida y coherente de todas las decisiones laborales, con justificaciones claras y basadas en criterios objetivos. También es necesario evitar patrones repetitivos que puedan generar sospechas, especialmente en relación con la edad de las personas afectadas.

Contar con asesoramiento jurídico especializado antes de formalizar despidos en esta fase puede ser clave para reducir riesgos y anticipar posibles problemas. Asimismo, es recomendable revisar las políticas internas de gestión de personas y asegurar que incorporan criterios de transparencia, equidad y no discriminación.

En definitiva, no se trata de dejar de utilizar esta herramienta, sino de hacerlo con mayor rigor. En el contexto actual, lo más importante no es sólo que el despido sea legal , sino que sea defendible ante una posible inspección .

Fuente: redactado por el equipo de Apoyo Tercer Sector a Xarxanet.

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