Este 10 de febrero se ha publicado una resolución que establece las bases de unas nuevas ayudas extraordinarias para entidades del ámbito del ocio y de las actividades extraescolares. El objetivo de la medida es hacer frente a las consecuencias de la Covid-19.

El plazo para solicitar la ayuda comienza el 16 de febrero a las 9 de la mañana y termina el 1 de marzo a las 3 de la tarde.

¿A quién se dirige?

A entidades, empresas y personas trabajadoras autónomas del sector del ocio educativo, las actividades extraescolares y las instalaciones juveniles.

En concreto, esta convocatoria se dirige a las entidades como centros recreativos o AFA que realizan actividades de forma habitual entre semana. Si hacen actividades entre semana y también durante los fines de semana, también pueden optar a la ayuda.

En cambio, las entidades que solo realizan actividades los fines de semana no pueden optar a esta ayuda. Los clubes deportivos federados son el otro sector excluido de la convocatoria.

¿Quién tiene que hacer el trámite?

El trámite lo debe hacer la entidad interesada en recibir la ayuda, y no la federación a la que esté inscrita como había pasado en la última convocatoria de ayudas.

Por lo tanto, la solicitud la debe hacer la entidad titular del CIF y la cuenta donde se quiera recibir la subvención debe estar a su nombre. Es necesario que esta entidad esté inscrita en el Censo de Entidades Juveniles.

¿Cómo se pide la ayuda?

El trámite de solicitud debe hacerse obligatoriamente online. Es decir, tanto la concesión, como la verificación y el control de las ayudas se harán a través de la vía electrónica. La solicitud se presentará cumplimentando el formulario normalizado disponible en el portal oficial de tramitación Canal Empresa.

Una vez cumplimentado el formulario, adjuntar de forma digital a través del mismo Canal Empresa. El trámite online permite que las entidades solicitantes puedan hacer el seguimiento del estado de la solicitud. Solo tienen que ir al área privada del portal donde han solicitado la ayuda.

Se puede solicitar la ayuda con el idCat móvil, eligiendo la opción «Alta sin certificado». De esta manera, poniendo el DNI o el teléfono móvil, se recibirá una contraseña que permitirá la identificación de la persona solicitante.

La ayuda se otorga en un pago único por el procedimiento de concurrencia no competitiva. Si se agota la dotación presupuestaria, las bases explican que se ampliará para ofrecer la ayuda a todas las entidades que cumplan los requisitos para ser beneficiarios, independientemente del orden de las solicitudes.

Tipo de ayudas

En función del tipo de entidad deberá solicitar una modalidad de ayuda u otra. Existen tres modalidades: una para el ocio educativo entre semana, una para actividades extraescolares y de ocio y otra para instalaciones juveniles.

Ayuda para el ocio educativo entre semana

Para recibir esta modalidad de ayuda hay que estar inscrita en el censo de entidades juveniles de la Dirección General de Juventud. También es necesario hacer de forma habitual actividades de ocio entre semana y dirigidas a personas de entre 3 y 18 años. Estas actividades deben haber sido suspendidas o afectadas por la resolución del 4 de enero por la que se prorrogan y modifican las medidas en materia de salud pública.

Ayuda para actividades extraescolares y de ocio

En el caso de la ayuda para actividades extraescolares, hay que estar dada de alta en el censo del impuesto de actividades económicas en los epígrafes de «otras actividades de enseñanza» o de «enseñanza de formación y perfeccionamiento profesional no superior «.

Además, hay que hacer actividades extraescolares y de ocio entre semana. Estas actividades, como en la anterior modalidad, deben ir dirigidas a personas entre 3 y 18 años y deben haber quedado suspendidas o afectadas por la resolución mencionada en el anterior punto.

Ayuda para instalaciones juveniles

Finalmente, para pedir la ayuda para instalaciones juveniles, es necesario que quien lo solicite sea titular o gestora de la instalación juvenil por la que se solicita la ayuda. También deben tener inscrita la instalación en cuestión en el Registro de Instalaciones juveniles de la Dirección General de Juventud.

Solo se debe presentar un único formulario que incluya todas las instalaciones juveniles por las que se solicita la ayuda.

¿Dudas?

Para más información, puede consultar el apartado de preguntas y respuestas de la convocatoria. Como siempre, puede ponerse en contacto con el equipo de Suport Tercer Sector y os intentaremos ayudar. 

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